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Entrega de envíos registrados a domicilio: identificación, firma y PDA

Tema 9 del temario de Correos (Procesos operativos III: distribución y entrega) · apartado 9.4.2 del documento de referencia

Un envío registrado (certificado, notificación, burofax, paquete…) no se deja en el buzón: se entrega en mano y queda constancia de quién lo recibe. El temario describe el proceso en la puerta del destinatario: leer el envío con la PDA, identificar al receptor, cobrar si hay importes, rellenar el aviso de recibo si lo lleva y recoger los datos y la firma en la PDA.

Leer e identificar

El cartero accede al domicilio e intenta la entrega. Si la dirección está incompleta pero permite localizar al destinatario, se intenta siempre y no se devuelve por ese motivo. Al leer el código de barras, la PDA muestra los datos del destinatario, los importes a cobrar (reembolso, aduanas) o a pagar (giro SEDI) y los intentos de entrega; en la pantalla avisa en rojo si es el último intento y en azul si no lo es.

Al receptor se le pide un documento con fotografía: DNI, pasaporte, carné de conducir, tarjeta de residencia u otro documento oficial. En paquetería entregada o devuelta en instalaciones, tiendas o locales de un cliente, el empleado que la recibe puede dar el CIF de la empresa con su nombre y apellidos en lugar de su DNI, y la entrega cuenta como efectiva.

Entrega exclusiva y menores

Con el valor añadido «Entrega exclusiva al destinatario», solo se entrega al destinatario identificado y siempre a personas físicas mayores de 14 años; si no se cumplen las dos condiciones, se devuelve como «desconocido». En general, los registrados pueden entregarse a menores de edad si tienen DNI y son mayores de 14 años.

Las entregas en relación a destinatarios habituales en hoteles, centros penitenciarios o similares son provisionales hasta comprobar que los destinatarios están allí: al día siguiente el cartero recupera los AR y lo no entregado para devolverlo.

Aviso de recibo y firma

Los pasos en la PDA son siempre los mismos: pulsar «Entregado», leer el código, recoger documento oficial y primer apellido (o pulsar «Datos Receptor» si ya constan), elegir la lengua del receptor, recoger su firma y pulsar «Firmado».

Ojo: qué ha cambiado desde 2022

El documento cita la Ley Orgánica 15/1999 de protección de datos, que está derogada: hoy rigen el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018. Además, el RD 437/2024 vigente (arts. 18 y 20) autoriza a recibir el envío a cualquier persona que esté en la dirección, se identifique y se haga cargo, salvo prohibición expresa, y exige que conste la firma y el DNI o documento equivalente de quien recibe un certificado.

Comprobado en Ley Orgánica 3/2018, disposición derogatoria (BOE); Real Decreto 437/2024, arts. 18 y 20 (BOE).

En el examen

Tema 9, apartado 9.4.2 (entrega registrada). Cifras y fechas muy preguntadas: mayores de 14 años con DNI, 10/05/2021 (firma en PDA de telegramas, burofax y notificaciones) y 01/07/2021 (envíos con importes). También quién rellena el AR (el cartero, salvo notificaciones, telegramas y burofax, que firma el receptor), qué se hace con un organismo público (sello de registro), qué puede dar el empleado de una tienda (CIF de la empresa) y qué pasa si falla la entrega exclusiva (se devuelve como desconocido).

Dudas frecuentes

¿Puede un menor recoger un certificado en casa?

Sí, si es mayor de 14 años y tiene DNI. Con entrega exclusiva al destinatario, solo si el menor es el propio destinatario y tiene más de 14 años.

¿Desde cuándo hay que firmar en la PDA las notificaciones?

Desde el 10 de mayo de 2021, junto con telegramas y burofax. Desde el 1 de julio de 2021 también se firma en los envíos con importes a cobrar.

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Relacionado

Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 9, apartado 9.4.2, páginas 63-68. Explicado con palabras propias de CorreosOpo; la nota de vigencia dice qué ha cambiado. Web privada de estudio, no oficial.