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Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: origen, contenido y normas que la desarrollan

Tema 2 del temario de Correos (Personas, igualdad, prevención y sostenibilidad) · apartado 2.3.1 del documento de referencia

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) es la norma básica de seguridad y salud en el trabajo en España. Traslada al derecho español la Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, la llamada directiva marco, y la desarrollan el Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997) y una serie de reales decretos por riesgos y equipos. Es la base de todo el bloque de prevención del tema 2.

Cómo se llegó a la LPRL

El documento repasa la etapa democrática con tres hitos: la Constitución de 1978, que trajo el modelo autonómico y descentralizó competencias; el Estatuto de los Trabajadores de 1980, que incorporó las condiciones de seguridad e higiene al contrato de trabajo, distinguió seguridad e higiene de prevención de riesgos laborales y separó accidentes y enfermedades de trabajo, que pasaron a regularse por la Seguridad Social; y la entrada de España en la Comunidad Europea el 1 de enero de 1986.

Europa encargó al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (creado en 1978 y adscrito al Ministerio de Trabajo) adaptar la normativa española a la comunitaria. La directiva marco de 1989 desembocó en la LPRL de 1995, todavía vigente. En 2003 se reformó para exigir que la prevención se integre en el sistema de gestión de la empresa.

Qué regula

La ley reconoce el derecho de los trabajadores a una protección eficaz (art. 14) y el deber correlativo del empresario; fija los principios de la acción preventiva (art. 15); regula el plan de prevención y la evaluación de riesgos (art. 16), los equipos de protección (art. 17), la información y formación (arts. 18 y 19), las emergencias (art. 20), el riesgo grave e inminente (art. 21), la vigilancia de la salud (art. 22), la protección de trabajadores especialmente sensibles y de la maternidad (arts. 25 y 26), las obligaciones de los trabajadores (art. 29), los servicios de prevención (capítulo IV) y la consulta y participación (capítulo V: delegados de prevención y comité de seguridad y salud).

Las normas de desarrollo que cita el temario

En el examen

Tema 2, apartado 2.3.1. Se pregunta la fecha exacta (8 de noviembre de 1995), la directiva que traspone (89/391/CEE) y qué real decreto regula cada cosa: el 39/1997 es el Reglamento de los Servicios de Prevención, el 487/1997 la manipulación manual de cargas, el 488/1997 las pantallas y el 773/1997 los EPI. El 485 (señalización) y el 486 (lugares de trabajo) son del mismo día y se cruzan con facilidad. Ojo: el OCR del documento trae erratas en algunos años («1478», «1480», «1497»); los correctos son 1978, 1980 y 1997.

Dudas frecuentes

¿Qué directiva europea traspone la Ley 31/1995?

La Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo.

¿Qué es el RSP?

El Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que desarrolla la LPRL.

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Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 2, apartado 2.3.1, páginas 15-19. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.