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Financiación del terrorismo: definición y diferencias con el blanqueo de capitales

Tema 12 del temario de Correos (Normas de cumplimiento) · apartado 12.2.1 del documento de referencia

La Ley 10/2010 entiende por financiación del terrorismo el suministro, depósito, distribución o recogida de fondos o bienes, por cualquier medio y de forma directa o indirecta, con la intención de usarlos o sabiendo que se usarán, en todo o en parte, para cometer delitos de terrorismo. Es decir, cualquier ayuda económica que dé apoyo financiero a grupos terroristas.

Blanqueo y financiación del terrorismo no son lo mismo

Cómo se financian, según el documento

La financiación es compleja y procede de fuentes diversas y cambiantes. La globalización la facilita (estados no cooperantes, controles dispares, paraísos fiscales), y entre sus fuentes cita el expolio de bienes culturales, los peajes a otras actividades ilícitas como el narcotráfico, los secuestros, las donaciones o el contrabando de petróleo.

Qué hace el empleado ante una sospecha

Debe obtener y registrar toda la información que exigen los procedimientos de identificación. Si sospecha que una transacción puede estar relacionada con la financiación del terrorismo, hace preguntas para conocer mejor al cliente: el origen del dinero, el propósito de la transacción y la relación entre remitente y destinatario. Si la operación es dudosa, se haya completado o rechazado, se envía un informe de actividad sospechosa con la información disponible.

Bloqueo automático de giros

Cuando el emisor o el receptor de un giro figura en alguna lista pública relacionada con el terrorismo, el sistema bloquea la operación para aplicar el procedimiento de la Ley 12/2003, de bloqueo de la financiación del terrorismo. El sistema cruza automáticamente, al procesar cada giro, los datos de la ficha del cliente con el listado de la Unión Europea y el de sanciones de Naciones Unidas, que se actualizan periódicamente desde sus webs oficiales.

En el examen

Apartado 12.2.1. La tabla de diferencias es muy preguntable: origen (siempre ilícito frente a lícito o ilícito), motivación (ganancia frente a ideología), importes (grandes sumas frente a pequeñas) y rastro (circular frente a lineal). También las tres preguntas al cliente (origen del dinero, propósito y relación entre remitente y destinatario) y la Ley 12/2003 con las listas de la UE y de la ONU.

Dudas frecuentes

¿El dinero que financia el terrorismo siempre es ilegal?

No. A diferencia del blanqueo, cuyo origen es siempre ilícito, la financiación del terrorismo puede usar fondos de origen lícito o ilícito.

¿Qué pasa si el destinatario de un giro está en una lista de terroristas?

El sistema bloquea automáticamente la operación, a efectos del procedimiento de la Ley 12/2003, al cruzar los datos del cliente con las listas de la UE y de la ONU.

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Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 12, apartado 12.2.1, páginas 30-59. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.