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El voto por correo en la oficina: entrega de la documentación, admisión del voto y despacho

Tema 7 del temario de Correos (Procesos operativos I: admisión) · apartado 7.3 I del documento de referencia

Después de la solicitud, la oficina interviene en tres momentos del voto por correo: entrega la documentación electoral al elector que no estaba en casa, admite el sobre con el voto y cursa tanto las solicitudes como los votos en un despacho especial. Además, Correos admite los votos de otros procesos electorales que convocan organismos públicos o privados.

Recoger la documentación electoral

Si el cartero no puede entregarla, deja un aviso con la oficina de referencia. En la oficina se localiza en el archivo de «avisados elecciones», donde está custodiada en caja fuerte, armario de seguridad o local protegido. Se identifica al elector igual que en la solicitud y se entrega como un registrado, grabando nombre y DOI y con su firma en la tableta o en el aviso M-4A. También se puede entregar con PDA, incluso fuera del mostrador.

Admitir el voto

El sobre con el voto puede llevarlo el elector u otra persona, cerrado y con el remite. En IRIS se lee el código de barras del sobre, que rellena el formulario; se indica el correo electrónico o se desmarca para imprimirlo, firma el cliente en la tableta y se sella el sobre con el sello de fechas. No se carga importe ni hay factura. Con PDA, por ejemplo en las elecciones al Parlamento de Andalucía, el formulario va siempre al correo electrónico; si el cliente no da uno, se admite por ventanilla. Los votos que aparecen en buzones se cursan como ordinarios a sus remitentes y, si no consta, a destino por separado.

Despacho «Urgente Elecciones»

La solicitud de voto (SV) y el voto (VE) son los únicos envíos a los que hay que hacer despacho en SGIE. Se cursan de inmediato, el mismo día o al siguiente si se admitieron después de la ruta, al Centro de Tratamiento Automatizado de referencia, en un despacho diferenciado y rotulado «Urgente Elecciones: Solicitud de Voto» o «Voto por correo». Se lee cada envío y se genera el albarán que va en la bandeja. Ningún sobre sale sin sello de fechas, salvo las SV con etiqueta grande. Las solicitudes que no salen en la última recogida se guardan en caja fuerte, y se pueden programar transportes especiales para el último día hábil.

Otros procesos electorales

Federaciones deportivas, colegios profesionales o cámaras de comercio pueden acordar con Correos admitir sus votos como carta certificada, una vez dado de alta el proceso en IRIS. El elector, identificado con DNI, pasaporte o autorización de residencia en vigor (sin fotocopias), entrega el sobre de votación cerrado y el certificado de autorización en un sobre mayor, ambos con sello de fechas. Puede ir con franqueo pagado a cargo del organismo, sin importe en la bolsa, o pagado en la oficina.

En el examen

Tema 7, apartado 7.3 I y salidas de envío (7.7). Se pregunta que SV y VE son los únicos envíos con despacho en SGIE, el rótulo «Urgente Elecciones», que van al CTA de referencia el mismo día, la custodia en caja fuerte, que el voto lo puede llevar otra persona, el sello de fechas obligatorio y que en otros procesos electorales los votos van como carta certificada.

Dudas frecuentes

¿Puede llevar otra persona mi voto por correo a la oficina?

Sí. El sobre con el voto lo puede depositar el elector u otra persona, siempre cerrado y con el remite escrito.

¿Qué envíos siguen yendo en despacho en SGIE?

Solo los electorales: la solicitud de voto (SV), el certificado de inscripción (DE) o denegación (DN) y el voto (VE).

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Relacionado

Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 7, apartado 7.3 I, páginas 184-191. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.