Reenvío postal en la oficina: suscripción, SGIE, cancelación, modificación y anulación
Tema 7 del temario de Correos (Procesos operativos I: admisión) · apartado 7.3 G del documento de referencia
El reenvío postal desvía la correspondencia a otra dirección por un cambio de domicilio, temporal o definitivo. Qué incluye y qué queda fuera se explica en el tema 4; aquí se ve el trámite en la oficina, que es el único canal de venta: se puede contratar en cualquier oficina, sea cual sea el domicilio del cliente, y también lo puede hacer un tercero con la firma de los titulares.
Condiciones de la suscripción
- Ámbito nacional e internacional; duración de 1, 2 o 6 meses, que se pueden encadenar (un año son dos de 6 meses), pero contratando cada periodo cuando el anterior está acabando.
- No se contrata con más de 30 días de antelación, y empieza como mínimo un día hábil después de contratarlo.
- Particulares: hasta seis personas con el mismo domicilio de origen y de destino. Empresas: un contrato por empresa aunque compartan dirección.
- Documentos: el formulario de Conecta firmado por todos (no hace falta si el reenvío es solo para quien lo pide), el DNI original de quien lo presenta y fotocopia del de los demás, solo para comprobar. Empresas y organismos, la documentación de representación.
Alta y paso a SGIE
Se comprueba que el formulario indica si es temporal o definitivo, la duración, la fecha de inicio y un teléfono, y si el cliente no quiere ceder sus datos. Al aceptar, IRIS genera dos copias del contrato y el condicionado; el cliente firma la conformidad y el empleado firma con su NIP. Se cobra según tarifa.
Los datos pasan a SGIE al día siguiente: a la unidad de reparto de la dirección de origen o a la oficina del apartado si el origen es un apartado. La oficina atiende cada día las alarmas de SGIE («Existen tareas pendientes en sus reenvíos postales»), asigna el reenvío, imprime las etiquetas para cursar los envíos y vigila si alguno se ha cancelado o modificado.
Cómo termina un contrato
- Anulación: solo el mismo día y en la misma oficina del alta; se retira el contrato y el ticket y se devuelve el importe.
- Caducidad: al acabar el plazo, en el temporal el correo vuelve a la dirección inicial y en el definitivo se devuelve al remitente; no hay devolución de importe.
- Cancelación anticipada: el cliente pide que deje de prestarse en una fecha anterior al final, presentando copia del contrato, formulario y documentos de identidad. Si la pide en otra oficina, esta manda la documentación escaneada por correo electrónico a la de origen y luego el original.
- Modificación: se pueden corregir datos erróneos, sean del cliente o de la oficina, siempre que no cambie la identidad de los titulares, porque el contrato es personal e intransferible; no se tocan los datos de la modalidad contratada. Es efectiva el siguiente día hábil y el contrato sale con la palabra MODIFICADO.
En el examen
Tema 7, apartado 7.3 G. Se pregunta que solo se contrata en oficinas, la duración de 1, 2 o 6 meses, los 30 días de antelación máxima, el máximo de seis personas, que pasa a SGIE al día siguiente, la diferencia entre anulación (mismo día y oficina, con devolución), caducidad, cancelación anticipada y modificación (efectiva al día hábil siguiente, sin cambiar titulares). El servicio se describe en el tema 4.
Dudas frecuentes
¿Con cuánta antelación se puede contratar un reenvío postal?
Con un máximo de 30 días; IRIS no permite fechas de inicio más lejanas. El reenvío empieza, como pronto, un día hábil después de contratarlo.
¿Se puede cambiar el titular de un contrato de reenvío?
No. Se pueden corregir datos erróneos, pero la titularidad es personal e intransferible.
📮 Estudia el tema 7 completoRelacionado
- Reenvío postal
- SGIE
- Alta del buzón de vacaciones
- Contratación y baja de apartados
- Tema 7: Procesos operativos I: admisión
Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 7, apartado 7.3 G, páginas 125-137. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.