Giros a presos, giros oficiales y giros a menores en Correos
Tema 4 del temario de Correos (En oficinas: servicios financieros, digitales y filatelia) · apartado 4.3.1 del documento de referencia
Además del pago normal, el documento de referencia describe tres casos especiales de giro: los dirigidos a personas internas en centros penitenciarios, los giros oficiales (de Correos o dirigidos a organismos) y los que recibe un menor de edad. Cada uno tiene su forma de identificar a quien cobra.
Giros a internos en prisión
- La entrega la intentan las unidades de reparto; el interno solo tiene que ir a la oficina si ha sido avisado o si el giro es internacional.
- El funcionario de prisiones conoce con antelación los giros a retirar y se presenta en nombre de los internos con los M-4 y una relación con nombre, apellidos, nacionalidad, fecha de nacimiento, motivo del envío, número de identificación, importe y código de cada giro.
- La oficina se queda la relación firmada por el funcionario y le entrega una copia sellada. Los giros se liquidan en SGIE como entregados, con el nombre del interno como destinatario y receptor y su número en el campo NIS.
- El funcionario no firma en la tableta ni en las libranzas: el justificante es la relación, que se grapa a los M-4 y a las libranzas firmadas por el empleado que paga, con su NIP y el sello de fechas.
- Si el funcionario se niega a firmar el recibí con la cantidad, no se le entrega el dinero.
- Este procedimiento no vale si el giro va a un apartado postal.
- Al dar de alta al recluso en la base de datos de PBC, como el NIS no caduca, se pone la fecha 01/01/9999; el tipo de documento se marca como «Pasaporte», el país de emisión «España», la ocupación «Otros» y el domicilio es el del centro penitenciario.
Giros oficiales y a organismos
En los giros oficiales de Correos la razón social es Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, con su CIF; el nombre del autorizado es el cargo (por ejemplo, «Director de oficina») y el número de identificación es su NIP. En los giros dirigidos a organismos oficiales se identifica al organismo por su nombre y CIF, y el autorizado que cobra en su nombre puede identificarse con su NIP.
Giros a menores
Los menores que reciben un giro deben estar representados por sus padres, tutores o representantes legales. Como hace falta el DNI, solo se pueden pagar giros a mayores de catorce años. Según los estándares nacionales e internacionales los menores tienen un riesgo más alto en materia de blanqueo, así que el sistema aplica siempre medidas reforzadas: libro de familia, escritura de apoderamiento, tutoría legal, etc.
En el examen
Entra en el tema 4, apartado 4.3.1. Preguntable: quién se presenta a cobrar por los internos (el funcionario de prisiones con los M-4 y la relación), que no firma en la tableta, que sin recibí firmado no hay pago, que no vale para giros a apartados, la fecha 01/01/9999 del NIS, la identificación de los giros oficiales con el NIP y que a menores solo se pagan giros a partir de 14 años y siempre con medidas reforzadas.
Dudas frecuentes
¿Desde qué edad se puede cobrar un giro en Correos?
Desde los catorce años, porque hace falta DNI, y con representación de padres, tutores o representantes legales y medidas reforzadas de PBC.
¿Quién cobra un giro dirigido a un preso?
Si el interno ha sido avisado, se presenta el funcionario de prisiones en su nombre con los avisos M-4 y una relación firmada de los giros.
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- Tema 4: En oficinas: servicios financieros, digitales y filatelia
Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 4, apartado 4.3.1, páginas 62-63. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.