Derecho de acceso a la información pública: solicitud, inadmisión, límites y plazo de un mes
Tema 12 del temario de Correos (Normas de cumplimiento) · apartado 12.3.2 del documento de referencia
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, según el artículo 105.b) de la Constitución desarrollado por la Ley 19/2013. Es información pública cualquier contenido o documento, sea cual sea su formato, que tenga alguno de los sujetos obligados, como Correos, y que se haya elaborado o adquirido en el ejercicio de sus funciones.
La solicitud
Se dirige al titular del órgano o entidad que tiene la información, por cualquier medio que deje constancia de la identidad del solicitante, la información pedida, una dirección de contacto (preferentemente electrónica) y, si se quiere, la modalidad de acceso. No hay que motivarla: se pueden exponer los motivos, pero no darlos no es causa de rechazo.
Causas de inadmisión (artículo 18)
- Información en curso de elaboración o de publicación general.
- Información auxiliar o de apoyo: notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos.
- Información que exige una acción previa de reelaboración.
- Solicitudes dirigidas a un órgano que no tiene la información cuando se desconoce el competente.
- Solicitudes manifiestamente repetitivas o abusivas.
Límites (artículo 14) y datos personales (artículo 15)
El acceso puede limitarse si perjudica, entre otros, a la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública, la persecución de ilícitos, la igualdad en los procesos judiciales, las funciones de inspección, los intereses económicos y comerciales, la política económica y monetaria, el secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial, la confidencialidad en la toma de decisiones o el medio ambiente. Los límites deben ser justificados y proporcionados.
Si hay datos especialmente protegidos (ideología, afiliación sindical, religión o creencias), solo se da acceso con consentimiento expreso y por escrito del afectado, salvo que él los hubiera hecho públicos. Los datos meramente identificativos de la actividad pública se facilitan con carácter general, y en los demás casos se pondera el interés público frente a la protección de datos. Si los datos se disocian, no hay problema.
Resolución y recursos
- Plazo: un mes desde que la recibe el órgano competente, ampliable otro mes por volumen o complejidad, avisando al solicitante (artículo 20).
- Deben motivarse las denegaciones, los accesos parciales o en otra modalidad y los concedidos pese a la oposición de un tercero.
- Silencio negativo: si pasa el plazo sin resolución, se entiende desestimada.
- Recurso directo ante la jurisdicción contencioso-administrativa o reclamación potestativa previa ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
- No resolver en plazo de forma reiterada es infracción grave a efectos disciplinarios.
En el examen
Apartado 12.3.2. Muy preguntado: que no hay que motivar la solicitud, el plazo de un mes ampliable otro (no confundir con el mes más dos meses del RGPD), el silencio negativo, las cinco causas de inadmisión del artículo 18 y que los datos especialmente protegidos requieren consentimiento expreso y por escrito. Los límites del artículo 14 también caen como lista.
Dudas frecuentes
¿Hay que explicar para qué se pide información pública?
No. El solicitante no está obligado a motivar la solicitud y la falta de motivos no es por sí sola causa de rechazo.
¿Qué pasa si Correos no contesta a una solicitud de información pública?
Pasado el plazo de un mes (o dos si se amplió) sin resolución, se entiende desestimada (silencio negativo) y se puede reclamar ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
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- Ley 19/2013 de transparencia
- Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
- Publicidad activa y Portal de Transparencia
- Derecho de acceso
- Derechos de los interesados
- Tema 12: Normas de cumplimiento
Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 12, apartado 12.3.2, páginas 114-117. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.