Apartado de franqueo en destino (FD) y apartado CCRI de Correos
Tema 4 del temario de Correos (En oficinas: servicios financieros, digitales y filatelia) · apartado 4.2.3 del documento de referencia
El apartado de franqueo en destino (FD) permite a una empresa recibir las respuestas de sus clientes a encuestas o formularios sin que estos paguen el sello: el titular del apartado paga el franqueo cuando retira los envíos. Se usa en campañas de marketing y en atención posventa, porque concentra todas las respuestas en un único lugar. Su pariente internacional es el apartado CCRI (correspondencia comercial respuesta internacional).
Apartado FD
- Las respuestas tienen categoría de carta, lo que garantiza la calidad de su entrega.
- Se entregan con la periodicidad que elija el cliente, tras pagar el franqueo de los envíos que retira.
- Medidas máximas: sobre o caja L + A + A = 90 cm (ningún lado de más de 60 cm); rollo o tubo L + 2D = 104 cm (L y D de hasta 90 cm); tarjeta postal 23,5 x 12 cm.
- Medidas mínimas: sobre o caja 14 x 9 cm; rollo L + 2D = 17 cm (L y D de más de 10 cm); tarjeta postal 14 x 9 cm.
- Peso: hasta 2 kg.
- Los envíos llevan adherida una tarjeta de franqueo en destino con el diseño exigido.
- No se admiten envíos registrados dirigidos a un FD. Si se admiten por error, se entregan como cualquier registrado; si el titular los rechaza, vuelven de inmediato al remitente como rechazados.
Apartado CCRI
El CCRI permite recibir respuestas a la correspondencia comercial enviadas con carácter ordinario desde otros países, con el formato autorizado por Correos. Tienen categoría de carta, con la tarifa de ese producto según el ámbito del país de origen. Comparte las medidas del FD, pero el peso máximo es de 250 g. Con los países con los que Correos tiene acuerdo especial se aplican las condiciones de la carta internacional y el peso puede llegar a 2 kg; la lista de esos países está en la Intranet.
Suscripción y fianza
Para contratar un FD o un CCRI el cliente entrega dos sobres o facsímiles de los envíos, a los que luego añadirá el número de apartado asignado, y debe comunicar cualquier cambio en sus datos. Paga además una fianza por derechos de franqueo: estima los envíos que recibirá al mes y la fianza es el 40 % del franqueo de esa cantidad. Si en el año los envíos reales superan en más del 50 % lo previsto, la garantía se puede ajustar al renovar.
Los apartados de franqueo en destino solo pueden tener un suscriptor, aunque pueden nombrarse hasta tres autorizados. Sus datos no pasan a SGIE, porque están pensados para correo ordinario: cartas, tarjetas postales y correspondencia comercial.
En el examen
Entra en el tema 4, apartado 4.2.3, y el franqueo en destino vuelve a salir en admisión. Datos preguntables: quién paga (el titular, al retirar), peso máximo de 2 kg en FD y 250 g en CCRI (2 kg con países de acuerdo especial), la fianza del 40 % y el ajuste si se supera en más del 50 %, un solo suscriptor, los dos sobres de muestra y que no se admiten registrados. Las medidas 90 cm / 60 cm y 104 cm son las mismas de la carta.
Dudas frecuentes
¿Quién paga el franqueo en un apartado de franqueo en destino?
El titular del apartado, que paga el importe de los envíos cuando los retira. El remitente no pone sello.
¿Cuánto es la fianza de un apartado FD o CCRI?
El 40 % del franqueo de los envíos que el titular calcula recibir al mes. Puede ajustarse al renovar si los envíos reales superan la previsión en más del 50 %.
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Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 4, apartado 4.2.3, páginas 10-12. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.