Bases legítimas del tratamiento de datos: las seis condiciones de licitud y el interés legítimo
Tema 12 del temario de Correos (Normas de cumplimiento) · apartado 12.1.2 del documento de referencia
Un tratamiento de datos solo es lícito si se apoya en al menos una base legítima. El consentimiento es solo una de ellas: hay otras cinco, y muchas operaciones de Correos se basan en el contrato o en una obligación legal. El documento de referencia las enumera y dedica una explicación aparte al interés legítimo.
Las seis bases
- Consentimiento del interesado para uno o varios fines específicos.
- Ejecución de un contrato en el que el interesado es parte, o medidas precontractuales que él mismo pide.
- Cumplimiento de una obligación legal del responsable.
- Protección de intereses vitales del interesado o de otra persona física.
- Cumplimiento de una misión de interés público o ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable.
- Satisfacción de intereses legítimos del responsable o de un tercero, siempre que no prevalezcan los intereses o derechos fundamentales del interesado, en particular si es un niño.
El interés legítimo
Puede servir de base siempre que no prevalezcan los derechos del interesado, teniendo en cuenta lo que este puede esperar razonablemente por su relación con el responsable, por ejemplo cuando es su cliente o trabaja para él. Exige una evaluación meticulosa: si la persona no espera razonablemente un tratamiento posterior, sus intereses pueden prevalecer.
El regulador considera que pueden ampararse en el interés legítimo la prevención del fraude (en lo estrictamente necesario), la mercadotecnia directa y la transmisión de datos dentro de un grupo empresarial con fines administrativos internos, incluidos datos de clientes o empleados.
Un ejemplo de obligación legal: el blanqueo de capitales
El propio tema 12 ofrece un caso claro. Los datos que Correos pide al cliente de un giro para cumplir la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo se tratan amparados en el artículo 8.1 de la LOPDGDD y en el artículo 6.1.c) del RGPD, es decir, en una obligación legal, y no necesitan el consentimiento del interesado. A cambio, esos datos no pueden usarse para otros fines sin consentimiento, salvo que hagan falta para la gestión ordinaria de la relación de negocio.
Relación con el derecho de oposición
Las bases elegidas tienen consecuencias. El derecho de oposición por motivos personales solo se aplica a los tratamientos basados en interés público o interés legítimo, y la portabilidad solo a los basados en consentimiento o contrato. Por eso conviene saber en qué base se apoya cada tratamiento.
En el examen
Apartado 12.1.2. Preguntable la lista de las seis bases y que el consentimiento no es la única; los tres ejemplos de interés legítimo (prevención del fraude, mercadotecnia directa y transmisión dentro de un grupo empresarial) y que los datos de PBC se tratan por obligación legal (artículo 6.1.c del RGPD y 8.1 de la LOPDGDD) sin consentimiento. Se cruza con el bloque de blanqueo de capitales del mismo tema.
Dudas frecuentes
¿Correos necesita mi consentimiento para pedirme datos al enviar un giro?
No. Según el documento, esos datos se tratan para cumplir la Ley 10/2010 y se amparan en una obligación legal (artículo 6.1.c del RGPD y 8.1 de la LOPDGDD).
¿La mercadotecnia directa puede basarse en el interés legítimo?
Sí, el documento la cita entre los tratamientos que el regulador considera amparados en el interés legítimo, aunque el interesado puede oponerse en cualquier momento.
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- Ley 10/2010
- Tema 12: Normas de cumplimiento
Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 12, apartado 12.1.2, páginas 13-62. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.