Canarias, Ceuta, Melilla y Andorra: territorios fiscales especiales en aduanas
Tema 11 del temario de Correos (Internacionalización y aduanas) · apartado 11.2.2 del documento de referencia
Dentro de España conviven tres territorios fiscales especiales, Canarias, Ceuta y Melilla, con un estatus distinto ante la Unión Europea y procedimientos aduaneros propios. El documento añade Andorra, por su vecindad. La forma de no liarse es hacerse siempre tres preguntas: ¿es UE?, ¿es territorio aduanero de la Unión?, ¿se aplica el IVA?
Canarias: región ultraperiférica
Canarias es uno de los nueve territorios de la UE con la consideración de Región Ultraperiférica (RUP), por su lejanía, insularidad, reducida superficie, relieve y clima adversos y dependencia de pocos productos (el documento remite al Tratado de Funcionamiento de la UE). A las RUP se les aplican los tratados y las políticas comunes, con medidas específicas más favorables.
- Es territorio de la Unión Europea.
- Está integrada en el territorio aduanero de la Unión, con singularidades por su lejanía e insularidad.
- No es territorio de aplicación del IVA: allí se aplica el IGIC (impuesto general indirecto canario).
Ceuta y Melilla: regiones autónomas especiales
Por pertenecer a un Estado miembro, son territorio de la UE, pero por circunstancias geográficas o políticas son «regiones autónomas especiales» exentas de algunas materias del derecho europeo.
- Son territorio de la Unión Europea.
- No están en el territorio aduanero de la Unión: en aduanas se tratan como un Estado no miembro, y a sus envíos con mercancía se les aplican los procedimientos de un país tercero.
- No se aplica el IVA: rige el IPSI (impuesto sobre la producción, los servicios y la importación).
Andorra: país tercero
Andorra es un país soberano que no forma parte de la UE, ni del territorio aduanero, ni del territorio IVA. En aduanas tiene una condición similar a la de un país tercero, con controles completos del lado europeo, aunque existen acuerdos económicos y aduaneros preferenciales con la UE en algunas materias. Tiene una fiscalidad muy baja en impuestos directos e indirectos.
La consecuencia práctica
Como hay cuatro territorios con fiscalidad distinta (península y Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla), un envío nacional con mercancía que se admite en uno y se entrega en otro necesita tramitación aduanera, igual que si viniera del extranjero.
En el examen
Tema 11, apartado 11.2.2 (territorio aduanero de la Unión y territorios especiales). Es de los bloques más preguntados: qué impuesto rige en cada sitio (IVA, IGIC, IPSI), quién está dentro del territorio aduanero (Canarias sí; Ceuta y Melilla no) y qué es una RUP. El truco: «UE todos; aduana, Canarias sí y Ceuta y Melilla no; IVA, solo península y Baleares». Andorra no es nada de las tres cosas.
Dudas frecuentes
¿Canarias paga IVA?
No. Canarias es UE y territorio aduanero, pero no es territorio de aplicación del IVA; en su lugar se aplica el IGIC.
¿Qué impuesto se paga en Ceuta y Melilla en vez del IVA?
El IPSI, impuesto sobre la producción, los servicios y la importación.
¿Andorra es territorio aduanero de la UE?
No. Andorra no es UE, ni territorio aduanero, ni territorio IVA; en aduanas se parece a un país tercero.
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Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 11, apartado 11.2.2, páginas 16-18. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.