Capítulo VII de la Ley 10/2010: De la organización institucional
Artículos 44 a 49 · texto consolidado del BOE, actualizado a 30/09/2026
Los 7 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale.
- Artículo 44. Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias
1. El impulso y coordinación de la ejecución de la presente Ley corresponderá a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias… - Artículo 45. Órganos de apoyo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias
1. La Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias llevará a cabo su cometido con el apoyo de la Secretaría de la Comisión y del Servicio… - Artículo 46. Informes de inteligencia financiera
1. El Servicio Ejecutivo de la Comisión analizará la información recibida de los sujetos obligados o de otras fuentes, remitiendo, en tiempo oportuno, si apreciara la… - Artículo 47. Supervisión e Inspección
1. El Servicio Ejecutivo de la Comisión supervisará el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley, ajustando su actuación, respecto de las… - Artículo 48. Régimen de colaboración
1. Toda autoridad o funcionario que descubra hechos que puedan constituir indicio o prueba de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo, ya sea durante las… - Artículo 48 bis. Cooperación internacional
1. La Secretaría de la Comisión, el Servicio Ejecutivo de la Comisión o, en caso de convenio, el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la… - Artículo 49. Deber de secreto
1. Todas las personas que desempeñen o hayan desempeñado una actividad para la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias o para…
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