RGPD: el Reglamento General de Protección de Datos explicado para Correos
Tema 12 del temario de Correos (Normas de cumplimiento) · apartado 12.1.1 del documento de referencia
El RGPD es el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de esos datos. Es la norma europea que rige cualquier tratamiento de datos personales en la Unión y, por tanto, el que hace Correos cada vez que un empleado mira un DNI, graba un remitente o recoge una firma en la PDA.
Por qué nació
El documento de referencia explica que la tecnología y la globalización multiplicaron la recogida e intercambio de datos personales: empresas y administraciones los usan a una escala sin precedentes y las propias personas difunden cada vez más información sobre sí mismas. Hacía falta un nivel alto de protección que, a la vez, permitiera que los datos circularan dentro de la Unión y hacia terceros países.
Antes regía la Directiva 95/46/CE, de 24 de octubre de 1995. Con ella la protección se aplicaba de forma fragmentada en cada país y la opinión pública percibía riesgos importantes, sobre todo en las actividades en línea. El RGPD derogó esa directiva con efectos de 25 de mayo de 2018.
Reglamento frente a directiva
Es la diferencia que más se pregunta. Una directiva fija objetivos que todos los Estados deben alcanzar, pero cada país elabora sus propias leyes para conseguirlos (transposición). Un reglamento, en cambio, es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro: no necesita normas internas de transposición y, en la mayoría de los casos, tampoco de desarrollo.
Al elegir un reglamento, la Unión buscó que las personas de todos los Estados tuvieran el mismo nivel de derechos, que responsables y encargados del tratamiento tuvieran las mismas obligaciones, que la supervisión fuera coherente y que las sanciones fueran equivalentes en toda la Unión.
Fechas que conviene tener claras
- Fecha del Reglamento: 27 de abril de 2016.
- Entrada en vigor: a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (artículo 99.1).
- Aplicación: a partir del 25 de mayo de 2018 (artículo 99.2). Es la fecha que importa en la práctica.
- Norma española que lo adapta y completa: la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD).
Qué regula
El RGPD fija las normas sobre el tratamiento de datos personales y sobre su circulación. Contiene las definiciones básicas (dato personal, tratamiento, responsable, encargado, consentimiento, violación de seguridad), los principios del artículo 5, las bases que legitiman un tratamiento, los derechos de los interesados (acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición), las obligaciones de las organizaciones (delegado de protección de datos, evaluaciones de impacto, registro de actividades, notificación de brechas) y el régimen de multas.
En el examen
Entra en el tema 12, apartado 12.1.1 (introducción a la protección de datos). Se pregunta el número y la fecha del Reglamento (2016/679, de 27 de abril de 2016), desde cuándo se aplica (25 de mayo de 2018), qué norma derogó (Directiva 95/46/CE) y, sobre todo, la diferencia entre reglamento (aplicación directa, sin transposición) y directiva (fija objetivos y cada país los traspone). También conviene no confundir el RGPD con la LOPDGDD, que es la ley española que lo adapta.
Dudas frecuentes
¿El RGPD necesita una ley española para aplicarse?
No. Es un reglamento europeo directamente aplicable en cada Estado. La LOPDGDD no lo traspone: adapta el ordenamiento español al Reglamento y completa sus disposiciones.
¿Desde cuándo se aplica el RGPD?
Desde el 25 de mayo de 2018, según su artículo 99.2. Aunque es de 27 de abril de 2016, dejó un periodo para que las organizaciones se adaptaran.
📮 Estudia el tema 12 completoRelacionado
- LOPDGDD
- Principios de la protección de datos
- Definiciones de protección de datos
- AEPD
- Sanciones en protección de datos
- Tema 12: Normas de cumplimiento
Fuente: documento de referencia de Correos (temario oficial, 31/10/2022), tema 12, apartado 12.1.1, páginas 4-5. Explicado con palabras propias de CorreosOpo. Web privada de estudio, no oficial.